
Confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e instrucción 4 de La Bisbal d’Empordà (Gerona) que estimó la demanda de una consumidora, quien ha estado asistida por el letrado Lluís Ferrer de Nin.
Señala que la entidad bancaria también se beneficia de la concesión del préstamo, al obtener unos intereses. Las gestiones y estudios previos a la concesión que la comisión de apertura pretende retribuir, no se hacen sólo en beneficio del prestatario, sino también del banco. El banco tendría que demostrar que las actuaciones hechas favorecen al prestatario. La realización de ese servicio no ha quedado demostrada.
La Audiencia explica que la jurisprudencia del TJUE a este respecto es «clara y concluyente».
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SAP GERONA – 5/4/2023